Se acerca el fin de año y las mermas de los inventarios están prontas a salir. Aunque el corazón nos diga que lo mejor es donarlas a alguna asociación civil que pueda recibirlas, el SAT no piensa lo mismo, ya que para poder realizar una donación existen una serie de requisitos que deben cumplirse, la respuesta a la pregunta ¿Qué pasa con el SAT y las donaciones? Viene a continuación.
¿Qué pasa con el SAT y las donaciones?
El SAT permite que las empresas y personas físicas donen mercancías a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles de impuestos. Este proceso es una alternativa para disponer de productos obsoletos, mermados o que no se vendieron, y al mismo tiempo, contribuir con organizaciones que lo necesiten.
¿Quiénes pueden hacer una Donación de mercancías según el SAT?
Las empresas y personas físicas con actividad empresarial pueden donar mercancías a instituciones autorizadas y deducir estas donaciones en su declaración de impuestos. Los bienes deben ser aptos para su uso y no haber sido previamente deducidos como pérdidas. Se requiere emitir un Comprobante Fiscal Digital (CFDI) con el complemento de «Donatarias».
La deducción se calcula sobre el valor de adquisición de la mercancía. Para personas morales, la deducción no puede superar el 7% de la utilidad fiscal obtenida el año anterior. Para personas físicas, el límite es del 7% de los ingresos acumulables del ejercicio.
¿Qué donaciones son deducibles de impuestos?
El SAT reconoce dos tipos de donación:
1. No onerosos o remunerativos
Pueden realizarse en efectivo o en especie, pero no deben estar sujetos a ningún tipo de pago de adeudos (Ejemplo: un auto cuya deuda de tenencia es mayor al valor del vehículo) o que sean ofrecidos como compensación por un servicio que no requería un pago (Ejemplo: se regalan unos boletos para un concierto como «pago» por un servicio).
Para los donativos en especie, se puede deducir el valor permitido según las normas fiscales, ya sea que se trate de artículos nuevos, bienes incluidos en tu activo fijo, o productos que ya no son aptos para su venta.
2. Donativos en especie cuando se deducen de inventarios
Los bienes básicos como alimentos, ropa, vivienda o productos de salud que hayan perdido su valor comercial, sin responsabilidad del contribuyente, deben ser donados por ley antes de ser destruidos. Para hacerlo, se debe notificar al SAT a través del Sistema de Destrucción y Donación de Mercancías.
¿Qué es el Aviso de destrucción de donación y destrucción de mercancías?
Es un documento que debe presentar el contribuyente ante el SAT cuando desea donar o destruir mercancías que han perdido su valor comercial. Este aviso es parte del proceso para asegurar que las mercancías se manejen de acuerdo con las regulaciones fiscales y ambientales.
Se presenta 30 días antes de la operación y puede hacerse de forma directa en el portal del SAT, la donación se puede realizar hasta que el aviso es aceptado por el SAT.